El nuevo cheque de 200 euros: requisitos, plazo y procedimiento.

Ayer 28 de diciembre se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto -ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

En dicho Real Decreto, entre otras medidas, se ha aprobado una ayuda a personas físicas de bajo nivel de ingresos, con el fin de paliar el efecto perjudicial en los precios ocasionado principalmente por la crisis energética derivada de la invasión de Ucrania, que consiste en pago único, de 200 euros de cuantía.

¿Qué requisitos hay que cumplir para beneficiarse de esta ayuda?

  • Ser personas física que durante el ejercicio 2022 hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo, siempre que en 2022 hubieran percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000,00 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 75.000,00 euros anuales a 31 de diciembre de 2022. En este último caso se calcula descontando la vivienda principal, en el caso de ser de la propiedad de los beneficiarios. Hay que tener en cuenta que estos importes se refieren a la suma de ingresos y patrimonio de todos los integrantes del núcleo familiar (cónyuge, pareja de hecho, hijos y descendientes menores de 25 años o con discapacidad sin rentas anuales y que convivan con el beneficiario y ascendientes hasta segundo grado.
  • Tener la residencia habitual en España en el año 2022.

¿Existen incompatibilidades? Si, el Real Decreto indica que no tendrán derecho a esta ayuda de 200 euros los pensionistas, los que perciban el ingreso mínimo vital y quienes a lo largo del 2022, hayan sido administradores de derecho de una sociedad mercantil aún activa a cierre del año, o fuesen titulares de valores representativos de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados.

¿Dónde se solicita? se debe presentar una solicitud en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenando el formulario electrónico. En esa solicitud debe constar la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se desee que se realice el abono.

¿Qué plazo hay? el formulario electrónico estará a disposición de los ciudadanos desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.