¿A quién se atribuye el uso de la vivienda en un divorcio con hijos mayores de edad económicamente dependientes?

Cuando un matrimonio con hijos mayores de edad económicamente dependientes decide divorciarse o separarse se plantea la cuestión de a quién atribuir el uso de la vivienda familiar.

Hasta la modificación del artículo 96 del Código Civil introducida por la Ley 8/2021, de 2 de junio que entró en vigor el 3 de septiembre encontrábamos controversia respecto a si la protección que establecía el párrafo 1.º del artículo 96 del Código Civil «En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden«, se extendía también a los hijos mayores de edad cuando estos fueran económicamente dependientes.

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