¿Puede un policía local jubilarse anticipadamente sin que vea reducida su cuantía de la pensión?

La respuesta a esta pregunta la encontramos en el Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los policías locales al servicio de las entidades que integran la Administración local. Dicho decreto que está en vigor desde el 2 de enero de 2019 regula la posibilidad de que los policías locales se jubilen anticipadamente sin ver reducida su cuantía de la pensión ya que no se les aplica las reducciones que están previstas con carácter general para los casos de jubilación anticipada.

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