Calendario laboral 2018.

Hoy, 11 de octubre, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Resolución de la Dirección General de Empleo por la que se publican la relación de fiestas laborables del año 2018.

      El calendario laboral del 2018 queda fijado de la siguiente forma:    


A).- Fiestas Nacionales “no sustituibles, es decir, comunes en todas las Comunidades.
1.- Año nuevo: 1 de enero.
2.- Viernes Santo: 30 de marzo.
3.- Fiesta del Trabajo: 1 de mayo.
4.- Asunción de la Virgen: 15 de agosto.
5.- Fiesta Nacional de España: 12 de octubre.
6.- Todos los Santos: 1 de noviembre.
7.- Día de la Constitución Española: 6 de diciembre.
8.- La inmaculada Concepción: 8 de diciembre.
9.- Natividad del Señor: 25 de diciembre.
B).- Fiestas Nacionales “sustituibles , es decir, las Comunidades Autónomas pueden optar por la celebración de dicha fiesta o su sustitución por otra que por tradición le sean  propias:  

9.- 6 de enero (Epifanía del Señor); 
10.- 19 de marzo (San José); 
11.- 29 de marzo (Jueves Santo); 
12.- 25 de julio (Santiago Apóstol).

C).- Fiestas de las Comunidades Autónomas.

Será fiesta en todas las Comunidades el día 6 de enero (Epifanía del Señor) por no ejercer la Comunidad Autónoma la facultad de sustituir este festivo por otro día.

Por lo que respecta al Jueves Santo (29 de marzo) será fiesta en todas las Comunidades a excepción de Cantabria, Cataluña y Valencia.

Además serán fiesta los siguientes días:

 

ANDALUCIA:  28 de febrero (día de Andalucia),                                         
ARAGÓN: 23 de abril (día de Aragón)
ASTURIAS: 8 de septiembre (Día de Asturias)                                                
BALEARES: 1 de marzo (día de Baleares) y 2 de abril (Lunes de Pascua).
CANARIAS: 30 de mayo (día de Canarias)                                              
CANTABRIA: 28 julio (día de las Instituciones de Cantabria) y 15 de septiembre (Festividad de la Bien Aparecida).
CASTILLA LA MANCHA: 31 de mayo (día Castilla-La Mancha)                  
CASTILLA Y LEÓN: 23 de abril (día de Castilla-León)
CATALUÑA: 2 de abril (Lunes de Pascua) 11 de septiembre (Fiesta Nacional de Cataluña) y 26 de diciembre (San Esteban).
COMUNIDAD VALENCIANA: 19 de marzo (San José), 9 de octubre (día de la Comunitat Valenciana), 2 de abril (Lunes de Pascua).
EXTREMADURA: 8 de septiembre (día de Extremadura)
GALICIA: 17 de mayo (día de las letras gallegas) y 25 de julio (Santiago Apóstol).
MADRID: 2 de Mayo (fiesta de la Comunidad de Madrid)
MURCIA: 19 de marzo (San José) y 9 de Junio (día de la Región de Murcia)
NAVARRA: 2 de abril (Lunes de Pascua).
PAIS VASCO: 2 de abril (Lunes de Pascua).
LA RIOJA:  9 de junio (día de La Rioja)                                                 
CIUDAD DE CEUTA: 22 de agosto (Fiesta del Sacrificio).
CIUDAD DE MELILLA: 22 de agosto (Fiesta del Sacrificio).

En Baleares y la Comunidad Valenciana el día 6 de enero será de carácter recuperable. Así mismo en Murcia, el día 19 de marzo, y en Galicia el día 17 de mayo serán fiestas de carácter recuperable. En el caso de Cataluña el 2 de abril o el 26 de diciembre serán también de carácter recuperable.

D).- Fiestas locales.

     Además a este calendario de fiestas habrá que sumarle los dos días festivos de carácter local que se establezca por cada municipio.
     Así por ejemplo, en Laredo (Cantabria) hay que sumarle: La Batalla de Flores y El Último Desembarco de Carlos V  que se celebran en agosto y septiembre respectivamente. 
Gracias por la visita!!
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