El pasado día 15 de febrero se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el 2023.
¿Qué salario mínimo interprofesional se fija para el 2023? Se establece el SMI de 36 euros/día o 1080 euros/mes en 14 pagas, es decir, 15120 euros brutos anuales.
Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.
Comparativa del SMI del 2022 y del 2023.
SMI 2022: 1000 euros en 14 pagas, 1166 en 12 pagas y 14000 euros al año.
SMI 2023: 1080 euros en 14 pagas, 1260 en 12 pagas y 15120 euros al año.
¿Tienen todos los trabajadores el mismo SMI? El real decreto establece para los trabajadores eventuales y los temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días que percibirán, conjuntamente con el salario mínimo al que nos hemos referido anteriormente, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias, sin que la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 51,15 euros por jornada legal en la actividad.
¿Y qué pasa con las empleadas del hogar? En este caso será de 8,45 euros por hora efectivamente trabajada.
¿Si me pagan en especie me pueden rebajar el SMI? No. En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.
¿Puede mi jefe pagarme menos del nuevo salario mínimo interprofesional? No.
¿A partir de que fecha me tienen que pagar el nuevo SMI? A partir del uno de enero del 2023 por lo que el trabajador tiene derecho a exigir aunque ya haya cobrado la nómina de enero que le paguen la diferencia, incluso si en la actualidad ya no está trabajando.