¿Cómo pedir la baja por regla dolorosa?

Desde el pasado uno de junio las mujeres con una menstruación incapacitante pueden solicitar la baja temporal. Aunque la norma no establece unos requisitos concretos para solicitar estas bajas, como en cualquier otra enfermedad común, será necesaria la constatación de la situación por el médico de cabecera. Por ello, lo primero que se debe hacer es acudir al médico de cabecera para explicarle la situación y pedirle la baja por menstruación dolorosa para poder presentarla.

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Cuestiones básicas del finiquito.

El finiquito es el dinero que el empresario tiene que pagar al trabajador cuando finaliza la relación laboral independientemente de la causa por la cual se produzca esa extinción laboral, incluso si es el trabajador el que se marcha voluntariamente de la empresa.

La cantidad que debe pagar la empresa queda reflejada en un documento que el empleado debe firmar para dar su conformidad y que se haga efectivo. 

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¿Cuál es el actual salario mínimo interprofesional (SMI)? ¿Afecta la subida a todos los trabajadores por igual?

El pasado día 15 de febrero se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el 2023.

¿Qué salario mínimo interprofesional se fija para el 2023? Se establece el SMI de 36 euros/día o 1080 euros/mes en 14 pagas, es decir, 15120 euros brutos anuales.

Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

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¿Qué sucede si me despide una empresa en concurso de acreedores?

Cuando una empresa se encuentra en una difícil situación económica que no le permite hacer frente a las diferentes deudas que le son exigibles deberá solicitar el concurso de acreedores.

Con la declaración de concurso el juez nombrará a un administrador concursal que debe emitir un informe donde recogerá la masa activa (bienes de la empresa) y la masa pasiva (acreedores de la sociedad). Por lo que respecta a la masa pasiva, se distinguen entre créditos concursales y créditos contra la masa, teniendo estos últimos prioridad, es decir, a la hora de cobrar no todos los acreedores tienen la misma preferencia.

Pues bien, a los trabajadores se les reconoce un crédito contra la masa, y por tanto tienen preferencia sobre algunos de los demás acreedores, en dos circunstancias: a) cuando el salario pendiente de pago se haya devengado 30 días antes de la declaración de concurso y en cuantía que no supere el doble del salario mínimo interprofesional, y b) todos los salarios e indemnizaciones de despido y de extinción de contratos producidos con posterioridad a la declaración de concurso.

   Pero como ya he indicado, estos créditos tienen preferencia sobre algunos de los acreedores, pero no sobre todos (por ejemplo: hipotecas), por lo que nos podemos encontrar en la situación de que la empresa se quede sin activo patrimonial antes de saldar nuestra deuda.

Y es en estos momentos cuando entra en juego el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial), que garantizará a los trabajadores el cobro de los salarios e indemnizaciones aunque no siempre en su totalidad.

 
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